miércoles, 14 de enero de 2015

DETENCION DE SUJETO CONDUCIENDO RODADO CON MOTOR PERTENECIENTE A OTRO (INF. ART. 289 CODIGO PENAL)

INFORME RESPECTO DE DETENCION DE SUJETO CONDUCIENDO RODADO CON MOTOR PERTENECIENTE A OTRO (INF. ART. 289 CODIGO PENAL) LLEVADA A CABO POR PERSONAL DE LA COMISARIA F. VARELA TERCERA, A CARGO DE COMISARIO PABLO FABIAN VILCHI, OPERATIVO A CARGO DEL SUBCOMISARIO CARLOS MARTIN RISSO (ENCARGADO GABINETE CRIMINOLOGICO).
Al haberse implementado, en la noche de la víspera  Orden de Servicio denominada MEGAOPERATIVO DE PREVENCION CONTRA EL ROBO Y/O HURTO AUTOMOTOR Y/O MOTOVEHICULOS, el cual se dispuso sobre la Ruta 36 entre Estrada y Solís, es que siguiendo expresas directivas de la Superioridad y emitidas hacia el personal actuante por parte del suscripto  el Encargado del Gabinete Criminológico de este elemento organizó un dispositivo con el fin de controlar todo tipo de vehículos que circulaban por el punto de referencia, tomando los recaudos de seguridad necesarios, tanto para el personal policial interviniente como así de los ocasionales vehículos que transitaban por allí.

Acorde a las directivas impartidas, se detenían todo tipo de vehículos de manera aleatoria, es decir al azar, controlando documentación, numeración de motor y chasis o bastidores, de acuerdo al rodado que se tratase.
Es así que, siendo las 22:30 hs., se decidió hacer detener la marcha de un rodado tipo camioneta marca Ford F 100, con dominio colocado RZZ 729, conducida por quien a la postre fue identificado como ADAN GABRIEL AQUINO, de nacionalidad argentino, de 37 años de edad, domiciliado en Quilmes.
Tras la inspección vehicular, surge que el motor, sin perjuicio que la numeración grabada presentaría signos de originalidad, se pudo establecer que “a prima facie”, NO CORRESPONDE con el modelo de la camioneta inspeccionada, sino que pertenece a un rodado de marca Ford Falcon Nº DRMC18633 y con respecto al chasis posee la numeración KB1JJL21513; ante lo cual se procede a la aprehensión del identificado en orden a una  INFRACCION ARTICULO 289 INCISO 4º DEL CODIGO PENAL DE LA NACION, y al secuestro por razones de necesidad y urgencia de la unidad en cuestión, siendo trasladado a este elemento.
Una vez en la dependencia, se mantuvo comunicación con la UFI y J Nº 05 Descentralizada de Florencio Varela, a cargo del DR. BUSTOS RIVAS, quien interiorizado de los pormenores de lo acaecido, dispuso incoar las correspondientes actuaciones con la calificación legal señalado con antelación.
De todo lo relatado surge el alto grado de profesionalismo, puesto de manifiesto por parte del personal que comando, toda vez que utilizando las herramientas de conocimiento necesarias y a su alcance, poniendo en práctica sus características empíricas, lograron incautar un rodado que estaba circulando por fuera de la Ley y lograr la aprehensión de su conductor.

SUBCOMISARIO MARCELO ESLTER MARECOS,
Comisaria F. Varela Tercera


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