VISTO:
Que con fecha 19/04/2013 se voto por unanimidad la ordenanza
que establece la obligatoriedad para la presentación de las Declaraciones
Juradas para todos los funcionarios públicos del ámbito municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que la mencionada Ordenanza preveía en su artículo 3° un
plazo de 30 días para la instrumentación por parte del Departamento Ejecutivo y
Deliberativo, a partir de la sanción de la misma;
Que, el anexo I que forma parte integrante de la Ordenanza
establecía el carácter público de las Declaraciones Juradas y que cualquier
vecino o interesado podía acceder gratuitamente mediante la página web de la
Municipalidad y del Honorable Concejo Deliberante;
Que se ha vencido ampliamente el plazo que establece la
ordenanza para su implementación;
COMUNICACIÓN
1.- El Honorable Concejo Deliberante vería con agrado que el
D.E. a través del área que corresponda responda a la brevedad los siguientes
puntos:
A- ¿La Ordenanza fue implementada por el Departamento
Ejecutivo?
B- ¿Se ha realizado la publicación de las mismas? De ser así
¿en que pagina de Internet se pueden acceder? En caso negativo ¿cuales son las
razones por las que no se ha procedido a cumplir la ordenanza en ese punto?
C.- ¿Qué funcionarios no la cumplieron?
D- ¿Se aplicaron las sanciones que establece la mencionada
Ordenanza a aquellos funcionarios que no presentaron su Declaración Jurada?
E- En caso de no haberse implementado la ordenanza por parte
del Departamento Ejecutivo ¿cuales fueron las causas?
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