Entre los barrios La Sirena y Villa Aurora suman 63 los transformadores de Edesur de los que se sospecha que funcionan con PCB, el maldito aceite cancerígeno, declarado enemigo de la humanidad por la Organización Mundial de la Salud en 1976. La Ley 25.670 dió un lustro de tiempo a las empresas concesionarias del servicio eléctrico para erradicar los equipos que contengan PCB y vence a fin de año. Edesur no informa si cambia los equipoos, aseveró la comuna varelense.
Entre los barrios La Sirena y Villa Aurora suman 63 los transformadores de Edesur de los que se sospecha que funcionan con PCB, el maldito aceite cancerígeno, declarado enemigo de la humanidad por la Organización Mundial de la Salud en 1976.
La Ley 25.670 fue Sancionada el 23 de Octubre de 2002, y Promulgada el 18 de Noviembre de 2002. Esta Ley dió un lustro de tiempo a las empresas concesionarias del servicio eléctrico para erradicar los equipos que contengan PCB, equipos que ingresaron al sistema por el propio Estado, pues recuérdese que antes de Edesur, la empresa era SEGBA. Con todo, el plazo vence en dos meses, según la Ley y ayer se pudo conocer en la capilla San José Obrero del Barrio La Sirena una temible noticia. En ocasión de reunirse el Foro Ambiental con la Secretaria de Desarrollo Sustentable municipal, Beatriz Domingorena, se conoció que Edesur nada informa sobre cambios de transformadores y protocolos de disposición de los equipos. Nada se sabe y pasan los días. En la reunión estaba presente le vecina Reina Sánchez, quien la semana pasada denunciara que el transformador que tiene en la puerta de su casa la ha enfermado de Calcemia. Domingorena se puso a disposición de Sánchez para que la Dra. Ciardelli, de Toxicología de La Plata, la atienda y a la vez pueda lograr una pensión por su discapacidad.
Domingorena describió cada uno de los reclamos que ha hecho sobre el tema, en nombre del intendente. Dijo que se hicieron presentaciones ante EDESUR, ENRE y OPDS (Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible el marco legal nacional (Ley 25.670) de presupuestos mínimos para la gestión y eliminación de los PCB´s; remitir la nómina actualizada de los transformadores del distrito, con el detalle de registros de niveles PCB´s.
También se requirió, para la mejor calidad de vida, se informe de las iniciativas previstas, o en marcha, para minimizar la presencia del refrigerante, como procesos de descontaminación de los aparatos que contengan PCB´s, con su respectivo detalle de cantidades que registran tales sustancias, en correspondencia con los protocolos respectivos que obran en sus registros.
De lo requerido, poca información ha venido a Florencio Varela. Nótese qué pasa con esta situación. Las compañías eléctricas han tenido 5 años para desprenderse de sus aparatos que generan muerte, según la OMS. Por la Ley de Medios el tiempo para desarmar empresas es de un año. Son empresas que generan otros problemas al poder político. “No es lo mismo, porque el PCB mata”, dijo Domingorena. Es verdad, por eso el Concejo Deliberante, en salvarguada de la salud de los vecinos, debería haber aprobado el Proyecto de Ordenanza del concejal Jorge Arellano (C.C) con el que se le reclamaba a Edesur el desmatelamiento de los transformadores. Era el Estado municipal, con la fuerza de una Ordenanza, que le marcaba la cancha a la empresa prestataria de energía. No fue asi. El proyecto pasó al archivo, según decidió el oficialismo.
Edesur ¿podrá en estos dos meses sacar de circulación todos los transformadores que trabajan con PCB? Deberá identificar a los que queden, con la leyenda “Libre de PCB” Hasta ahora nada ha hecho. El tiempo vence pronto. ¿Lo hará en 60 días? Para Domingorena, es muy dificil. “Los trámites administrativos los hemos hecho y seguimos haciendolos”, dijo a este diario.
EL HCD oficialista podria haberlo hecho, pero mandó el reclamo al archivo.
LA LEY
CAPITULO IV
De las responsabilidades
ARTICULO 14. — Antes del año 2010 todos los aparatos que contengan PCBs, y que su poseedor quiera mantenerlos en operación, deberán ser descontaminados a exclusivo cargo del poseedor. Hasta tanto esto suceda el poseedor no podrá reponer PCBs, debiendo reemplazarlo por fluidos libres de dicha sustancia.
ARTICULO 15. — Antes del año 2005 todo poseedor deberá presentar ante la autoridad de aplicación, un programa de eliminación o descontaminación de los aparatos que contengan PCBs, con el objetivo de que al año 2010 no queden en todo el territorio de la Nación equipos instalados conteniendo PCBs.
ARTICULO 16. — Todo aparato que haya contenido: PCBs y habiendo sido descontaminado siga en operación deberá contar con un rótulo donde en forma clara se lea "APARATO DESCONTMINADO QUE HA CONTENIDO PCBs".
ARTICULO 17. — Es obligación del poseedor de PCBs, en un plazo máximo de sesenta (60) días corridos:
a) Identificar claramente todos los equipos y recipientes que contengan PCBs y PCBs usados, debe leerse claramente "CONTIENE PCBs".
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