lunes, 27 de octubre de 2014

Expectativa por el veredicto


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Es en el caso en que se encuentra imputada, por matar a su pareja, una mujer oriunda de Bolivia. El fiscal pidió que se la condene a perpetua mientras que la defensa, la absolución. Las juezas del Tribunal 1 deberán analizar los elementos probatorios

Las juezas Vissio, Etchemendi y Gutiérrez del Tribunal Oral 1 pronunciarán veredicto
  La mujer oriunda de Bolivia acusada de haber participado del crimen de su pareja hace cuatro años en la localidad de Florencio Varela podría ser condenada a prisión perpetua, en caso de prosperar un pedido realizado por la fiscalía durante los alegatos que se desarrollaron en la última jornada.  A su turno la defensa de la imputada solicitó la libre absolución fundamentando que no se acreditó a lo largo del debate la autoría.   
Para el fiscal Fernando Celesia, quedó acreditado que Reina Maraz Bejarano, junto a otro sujeto, mataron a Límber Santos, que era la pareja de la mujer y luego se deshicieron del cuerpo. El encargado de la acusación consideró relevantes los elementos colectados a lo largo del proceso y citó entre otros un toallón que utilizaron para estrangular a la víctima y luego robarle un monto de dinero que tenía entre sus pertenencias por lo que calificó sus solicitudes como "robo agravado por arma impropia (el toallón) en consurso con homicidio doblemente calificado criminis causa y alevosía. Asimismo valoró la cámara gesell realizada a uno de los hijos de la pareja y que comprometería a Maraz Bejarano.
   El "criminis causa", pedido por el doctor Celesia es el homicidio en conexión ideológica con otro delito. Se mata "para" o "por" otro delito.En la figura tipificada por el artículo 80 inciso séptimo se considera que se configura con un agravamiento del homicidio con motivo de la intencionalidad de cometer el hecho, de modo tal que no deja lugar a dudas que se trata de un accionar consciente del infractor a la norma punitiva.  En consecuencia se puede identificar que la motivación del infractor en el acto criminal se encuentra en la comisión del mismo "para" preparar, facilitar, consumar u ocultar otro delito o "para" asegurar su resultado o procurar la impunidad para sí o para otro.   En consecuencia las expectativas estarán centradas en el análisis de los elementos probatorios que lleven adelante cada una de las magistradas.
La defensa
Por otra parte, el defensor José Maria Mastronardi pidió la libre absolución y fue tajante al atacar la responsabilidad de su ahijada procesal señalando que no se comprobó su participación ni la autoría.   Mastronardi cuestionó además una cámara gesell realizada a uno de los hijos de la pareja y que sería considerado como un elemento clave. Asimismo en caso de prosperar el pedido de la fiscalía planteó la inconstitucionalidad de la prisión perpetua ya que de acuerdo a la jurisprudencia el fin de la pena es resocializar y es contrapuesto a lo que norma la perpetuidad de una condena. En tanto, las juezas del Tribunal 1 pasaron a un cuarto intermedio hasta mañana, cuando den a conocer el veredicto y la eventual sentencia, sobre este caso que ha tenido trascendencia a nivel nacional.
Conformidad
  La directora de Litigio Estratégico de la Comisión Provincial de la Memoria (CPM), Margarita Jaque, consideró que fue "muy positivo" el desarrollo de las audiencias que comenzaron la semana pasada en el Tribunal Oral en lo Criminal.  Jaque señaló que "la declaración de Reina en primera persona le permitió transmitir a los jueces la situación que vivió y al poder realizarlo en su propia lengua le dio firmeza, tranquilidad; mostró un relato muy coherente". 
Asimismo sostuvo que "la participación del intérprete le permitió a Reina conocer todos y cada uno de los pasos tanto de la defensa como de la fiscalía". Además del testimonio de la imputada durante el proceso judicial se escucharon las declaraciones de tres peritos psicológicos que desestimaron una Cámara Gesell realizada al hijo mayor de Maraz dos meses después de su detención. 
"Se le tomó declaración al hijo mayor que en ese momento vivía con el matrimonio y se la hizo en una Cámara Gesell, sin embargo las condiciones en las que se realizaron no eran apropiadas para un niño de su edad", apuntó Jaque. 
Y aclaró: "El nene, que en ese entonces tenía 5 años, debía manifestar lo que vivía a través de juegos y de prácticas indagatorias propias para su edad sin embargo, al ver las imágenes de esa Cámara los tres peritos coincidieron en desestimarla ya que era más un interrogatorio, de menos de 20 minutos, que una practica psicológica". El caso de Reina se hizo visible un año después de estar presa cuando la CPM tomó conocimiento durante una visita de monitoreo rutinaria que realizó en la unidad penitenciaria 33 de Los Hornos, cercana a La Plata. 
"Reina sufría violencia doméstica en Bolivia y los maltratos continuaron cuando llegó a Argentina a donde vino obligada y cuando se quiso volver su marido le había sacado los documentos", añadió. Estando presa la mujer tuvo una nena y "desde diciembre que se le otorgó la prisión domiciliaria vive con la bebé en la casa de unos familiares".
Cuando ocurrió el hecho los dos hijos de Maraz fueron llevados a la casa de los abuelos paternos en Bolivia y no tenían contacto con la familia de la madre que intentó por todos los medios dar con ellos.  La CPM se presenta como veedor en el tribunal donde la defensa pidió la absolución de Reina y donde estuvo presente el premio Nobel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel y autoridades de la embajada de Bolivia en Argentina.

El Sol - Quilmes

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