sábado, 29 de noviembre de 2014

“El nuevo IMPUESTAZO del Intendente JULIO PEREYRA”

Nota de Opinión

Este viernes 28 en “Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes” la mayoría oficialista del Concejo Deliberante de Florencio Varela habrá de aprobar un nuevo IMPUESTAZO dispuesto por el Intendente Julio Pereyra.
De acuerdo con el proyecto de Ordenanza Fiscal e Impositiva para el año 2015 que el Intendente envió al Concejo Deliberante y a los términos de la Ordenanza Preparatoria ya votada por el Bloque de Concejales pereyristas, a partir del 1º de enero la TASA POR SERVICIOS GENERALES (ABL) de todos los inmuebles ubicados en las Zonas Tarifarias A, M, I, P, R, y G (incluye inmuebles comerciales, residenciales, industriales y rurales) tendrán un aumento directo del 35% (treinta y cinco por ciento). 
Además, sobre el monto de la tasa bruta que resulte por la aplicación de ese incremento al contribuyente se le cobrará el FONDO DE OBRAS PÚBLICAS que se incrementa del 12% al 15%, es decir un 3% (tres por ciento) más, con lo cual el verdadero aumento será del TREINTA Y OCHO POR CIENTO (38%).
Pero hay más. Sobre el valor de la tasa bruta también se aplica el FONDO PARA DEPORTES Y CULTURA, y para las Zonas Tarifarias P, R, G (también para las B, C y D) este fondo se incrementa del 12% al 15%, o sea un 3% (tres por ciento) más, producto de lo cual el aumento será del CUARENTA Y UNO POR CEINTO (41%).
Como si todo esto fuera poco, la Ordenanza Fiscal e Impositiva remitida por el Intendente dispone que todas las parcelas que tenga local o establecimiento útil para la industria, el comercio o los servicios situados sobre Pte. Illia, Eva Perón, San Martín, Calchaquí, H. Irigoyen, Lujan, Senzabello, Pte. Perón, Monteverde, Av. del Trabajo, Con. G. Belgrano, Ruta 36 y calle 1282 (ex 21) de Ing. Allan estarán sujetas a un ADICIONAL de hasta el 20% (veinte por ciento) según lo que determine el Departamento Ejecutivo municipal.  Con lo cual el aumento real rondará el SESENTA POR CIENTO (60%).
Y para que no queden dudas de los objetivos netamente recaudatorios de esta Ordenanza y de las verdaderas intenciones de sus mentores, en el último párrafo de las “Disposiciones Generales” se establece que los inmuebles edificados ubicados en las Zonas Tarifarias M y A que cuenten con local comercial en los que durante un lapso mayor a 60 días no se ejerza actividad el Ejecutivo podrá elevar el importe anual de la Tasa por Servicios Generales hasta un CIENTO POR CIENTO (100%). 
Si esto no es un auténtico IMPUESTAZO ¿cómo deberíamos denominar a esta nueva Ordenanza Fiscal e Impositiva redactada por el Intendente Julio Pereyra?
    
Dardo H. Ottonello                                               Concejal                                                                         Bloque Frente Renovador

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