miércoles, 2 de septiembre de 2009

No podrán cortar la luz a usuarios que no la paguen






La Sala V de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la medida cautelar dispuesta por una jueza de primera instancia, por la que ordenó a las empresas distribuidoras de energía eléctrica se abstengan de efectuar cortes en el suministro de energía eléctrica, por falta de pago de las facturas emitidas en base al nuevo cuadro tarifario. Se trata de una medida provisoria hasta que la Justicia se expida sobre el fondo de la cuestión, esto es la constitucionalidad de las normas que fijaron aumentos de tarifas en el servicio de energía eléctrica (resoluciones 1169/08 y 745/05 de la Secretaría de Energía y sus modificatorias 767/08 y 1170/08, y las 628/08 y 654/08, del ENRE).

La Sala V de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la medida cautelar dispuesta por una jueza de primera instancia, por la que ordenó a las empresas distribuidoras de energía eléctrica se abstengan de efectuar cortes en el suministro de energía eléctrica, por falta de pago de las facturas emitidas en base al nuevo cuadro tarifario. Se trata de una medida provisoria hasta que la Justicia se expida sobre el fondo de la cuestión, esto es la constitucionalidad de las normas que fijaron aumentos de tarifas en el servicio de energía eléctrica (resoluciones 1169/08 y 745/05 de la Secretaría de Energía y sus modificatorias 767/08 y 1170/08, y las 628/08 y 654/08, del ENRE).
El tribunal, con la firma de los jueces Pablo Gallegos Fedriani y Jorge Federico Alemany, rechazó así una serie de recursos de apelación presentados por el Estado nacional, Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) y las empresas Edenor SA, Edesur SA y Edelap SA, contra la decisión de la jueza Cecilia Gilardi Madariaga de Negre por la que había hecho lugar a una cautelar solicitada por el Defensor del Pueblo de la Nación.

el fallo
Si el propio Ente regulador admite que resulta baja la cantidad de usuarios afectados, a los que se agregarían aquellos que resultaran exentos, no se advierte de qué manera podría verse afectada o comprometida la prestación del servicio por la circunstancia de haberse ordenado que, provisionalmente y mientras tramita el juicio, no se les corte la provisión de energía. Al respecto, cabe añadir que a los usuarios afectados por los incrementos se les debe permitir que paguen el importe de las facturas, calculadas de acuerdo con el régimen tarifario anterior al dictado de las resoluciones administrativas impugnadas, con el carácter de pago "a cuenta" y hasta tanto se dicte la sentencia definitiva que ponga fin a esta causa.
Finalmente, y como no resulta claro cuál en definitiva habrá de ser el costo real de las tarifas a partir del 30 de septiembre de 2009, no corresponde expedirse sobre la modificación del régimen tarifario que aún no ha entrado en vigencia.
Por las razones expuestas, el Tribunal resuelve: rechazar los recursos de apelación interpuestos por el Estado Nacional-Ministerio de Planificación Federal, por el Ente Nacional Regulador de la Electricidad y por las empresas Edenor SA, Edesur SA y Edelap SA y confirmar en lo sustancial la resolución apelada, enc uanto fuera materia de agravios. Admitir parcialmente el recurso interpuesto por el Defensor del Pueblo de la Nación, al solo efecto de aclarar que los usuarios afectados podrán realizar pagos a cuenta en los términos expuestos en el considerando VI, última parte del presente fallo.

TARIFAZO
(Urgente24) El Gobierno prepara, para el próximo mes, un nuevo tarifazo en los servicios de luz y gas. Y para evitar las quejas de los usuarios, la estrategia oficial consiste en implementar un esquema de información previa a los clientes hogareños que recibirán las boletas con aumentos.
Pero los Kirchner se equivocan si creen que, por el solo hecho de avisar que habrá nuevos incrementos en las tarifas, los usuarios no se quejarán. Al contrario, el malestar ya se hace sentir ante el conocimiento de esta intención oficial.
Según publicó el diario Clarín, desde el ministerio de Planificación que dirige Julio De Vido ya comenzaron a trabajar en la restitución de los polémicos aumentos que fueron suspendidos en forma transitoria el mes pasado.
La iniciativa que están delineando los técnicos del ENRE y del Enargas consiste en que todos los usuarios residenciales que incrementen sus consumos y se pasen a las categorías tarifarias alcanzadas por los incrementos deberán ser notificados de esa nueva situación antes de que reciban las facturas.
Al respecto, las empresas ya advirtieron que este cambio presenta numerosas dificultades para ser llevado a la práctica: los técnicos de las distribuidoras advirtieron que se debería crear un programa informático especial que detecte todos las alteraciones de consumo y diagramar un nuevo sistema de distribución de las notificaciones que elevarían en forma considerable los costos administrativos y operativos.
Tras los acuerdos que cerró De Vido con la Universidad de Buenos Aires(UBA) y la Universidad Tecnológica Nacional (UTN), desde la semana pasada personal de esas casas de estudios comenzaron un nuevo relevamiento de los usuarios de gas de la Capital y el Conurbano que ya fueron excluidos y de aquellos que reúnen los requisitos para poder solicitar ese beneficio. Para ser exceptuados de los aumentos, el titular del servicio tiene que ser un jubilado con ingresos mínimos o figurar como beneficiario de planes sociales.
En tanto, por el lado del servicio eléctrico, la tarea de identificar a los que deben quedar al margen de las subas fue transferida por el ENRE a los municipios bonaerenses. En este caso, los requisitos principales para 'zafar' del tarifazo son no tener gas natural, ni agua corriente.
Cabe recordar que, acorralado por los reclamos de los usuarios, las demandas judiciales y la presión del Congreso, el Gobierno decidió a principios de agosto ponerle un freno a los fuertes aumentos que había autorizado a fines del año pasado. De Vido armó una salida transitoria que consiste en la suspensión total de los aumentos que estaban previstos para los consumos de los meses de junio y julio. Y una suspensión parcial del 70% de las subas se tenían que cobrar en el período agosto-setiembre.

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