jueves, 15 de abril de 2010

CHALECOS REFRACTARIOS O "REFLECTIVOS"

Parece que dentro de los fastuosos gastos que realiza el Honorable Concejo Deliberante de Florencio Varela, destinaron una partida en el presupuesto anual para la adquisición de un pequeño diccionario para consulta de quienes redactan los proyectos y ordenanzas y también para todos los concejales que se pasan horas de discusiones estériles y terminan aprobando barbaridades gramaticales.-


Hoy, por petición particular  (según lo mencionado en la gacetilla de prensa del HCD) se procedió a tratar la modificación de una ordenanza sancionada el año anterior, sobre la reglamentación referida a la utilización de indumentaria para circular en motocicleta en donde existía un error de tipeo. En realidad se trataron de notas aparecidas en el diario Varela al Día y el periódico El Progreso observando el término "refractario"; singular es la interpretación del H.C.D que luego de cinco meses de promulgada la ordenanza,…… oh… se dieron cuenta “de un error de tipeo” , que en realidad se trata de “error del tipo que redacta las ordenanzas”…… seamos creibles !!!

La semana pasada con un gran despliegue de publicidad oficial se entregaron los chalectos refractarios para los deliverys. ¿Refractarios? Sí, refractarios. Eso dice el artículo Tercero de la Ordenanza 6052/09

Entre los requisitos que deben reunir los conductores de los motovehículos consta: «Cumplimentar la debida inscripción en el Registro de la Propiedad Automotor (Cédula Verde), Licencia de conducir correspondiente, Seguro contra terceros, V.T.V., chalecos con bandas REFRACTARIAS, además de poseer un casco normalizado y en caso que no tenga parabrisas el uso de anteojos»

Refractarias en mayúscula es la barbarie de quienes hacen las ordenanzas. Un abogado del HCD que cobra buen sueldo, quien debe acudir, mínimamente a un diccionario. ¿Cómo multar a un motociclista que no lleve el chaleco refractario según la ordenanza? ¿Usted se imagina un chaleco de material refractario? ¿Qué es el material refractario? Es de imaginar a un delivery con el chaleco en el que cuelgan ladrillos refractarios de los que se usan en las parrillas y en los hogares.

AGARRÁ LOS LIBROS «QUE NO MUERDEN»

Según la enciclopedia Wikipedia, la más grande de la red de internet, esto dice del REFRACTARIO:

Un material refractario es aquel que mantiene su resistencia a altas temperaturas . ASTM C71 refractarios define como «materiales metálicos no tener esas propiedades químicas y físicas que puedan ser aplicados a las estructuras, o como componentes de los sistemas, que están expuestos a ambientes superiores a 1.000 º F (811 K; 538 ° C) «. materiales refractarios se utilizan en revestimientos para hornos , hornos , incineradores y reactores .

Como se ve una cosa es refractario y otra cosa, REFLECTIVO, como debería haberse descripto el elemento a utilizar en la respectiva ordenanza; pero a una mente ¿brillante o trasnochada? se le ocurrió que la palabra justa era «refractario» y todos levantaron las manos como aprobación; …..así estamos. Ahora sin un dejo de vergüenza ni asumiendo las culpas a tan grueso error, y sin reconocer “la burrada”, adujeron a “un error de tipeo” que fue reiteradamente “mal escrito”en la ordenanza; así estamos …..!!!

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