miércoles, 13 de abril de 2011

RIGEN RESTRICCIONES PARA LA PODA

La Municipalidad de Florencio Varela recuerda que rigen restricciones para la poda del arbolado público, las especies arbóreas y arbustivas instaladas en lugares del área urbana o rural, en vía pública.


En este marco, la acción de podar tiene como sanción severas multas por incumplimiento a la Ley Provincial 12.276 y Ordenanza Municipal 3017/91.

Por tal motivo, durante los meses de mayo a agosto inclusive se recibirán las solicitudes de autorización para la poda disciplinada de árboles, en la comuna local.

Dicha solicitud debe realizarla el propietario frentista de los árboles, quien deberá presentarse en el edificio municipal (25 de Mayo 2725), en atención al vecino, de lunes a viernes de 8:00 a 14:00 horas.

En este marco, tanto para la poda o erradicación de ejemplares del arbolado público se tiene en cuenta el artículo tres de la mencionada Ley que contempla los siguientes casos: decrepitud o decaimiento de su vigor, irrecuperables; ciclo biológico cumplido; cuando por las causas anteriormente mencionadas se haga factible su caída o desprendimiento de ramas que pudieran ocasionar daños que amenacen la seguridad de las personas o bienes; cuando se trate de especies o variedades que la experiencia demuestre que no son aptas para arbolado público en zonas urbanas; cuando interfieran en obras de apertura o ensanches de calles; cuando la inclinación del árbol amenace su caída o provoque trastornos al tránsito de peatones o vehículos; cuando se encuentren fuera de la línea con el resto del arbolado; cuando por mutilaciones voluntarias o accidentales de diversa índole no se pueda lograr su recuperación; cuando interfiera u obstaculice la prestación de un servicio público.

Con respecto a la extracción de árboles, la misma se puede realizar en cualquier época del año, siempre que el vecino solicite previamente la planilla de autorización en la oficina de Espacios Verdes, abone un sellado municipal e ingrese la nota en la Mesa de Entradas.



Forestación

Para contribuir con la forestación, que aporta un mejor medio ambiente, el vecino puede solicitar arboles mediante nota a través de la Unidad de Gestión Local (UGL) del barrio.

En el pedido, se debe incluir un plano del barrio indicando las zonas en las que se considere necesario la plantación de árboles en la vía pública, en predios municipales con uso comunitario y en predios de establecimientos educacionales.



En cuanto a los árboles que se hallan en el interior de los domicilios, es obligación del propietario recoger las ramas podadas en bolsas de residuo y sacarlas a la calle en horario de recolección, porque no está permitido realizar montículos que posteriormente son generadores de basurales atentando con la salud de la comunidad.



Cabe mencionar que las autorizaciones de poda sólo se otorgan en el cuatrimestre arriba mencionado.



Desde la comuna se recomienda a los vecinos no podar ni extraer especies sin la autorización correspondiente, ya que al infringirse las normativas vigentes y quedará expuesto a recibir severas multas.



Es importante la concientización de preservar el arbolado público, patrimonio natural del distrito.



Ante alguna sugerencia o reclamo comunicarse a la línea gratuita municipal de Atención al Vecino 0800-999-1234, de lunes a viernes de 7 a 20 horas.



Además, lo invitamos a visitar el sitio web de nuestra ciudad, donde encontrará toda la información actual, www.florenciovarela.gov.ar

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