jueves, 22 de julio de 2010

La Cámara Civil condenó a la AFA y al club Defensa y Justicia a indemnizar con unos 300 mil pesos a un joven de 22 años que perdió un ojo por un enfrentamiento entre hinchadas rivales.

Los hechos ocurrieron en 2006, previo a un partido de fútbol de la Primera B Nacional entre Defensa y Justicia y Ferro Carril Oeste.
La Cámara Civil condenó a la AFA y al club Defensa y Justicia a indemnizar con unos 300 mil pesos a un joven de 22 años que perdió un ojo por un enfrentamiento entre hinchadas rivales.




El fallo, dictado por la Sala J de la Cámara, con las firmas de los jueces Beatriz Verón y Zulema Wilde, consideró que "el espectador, al adquirir su entrada, pretende como contraprestación no sólo asistir al evento deportivo sino también no sufrir eventuales daños".



El fallo reparó los daños sufridos por Rodrigo Enrique Seisdedos, un joven "de condición socioeconómica humilde, empleado administrativo en el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y con una hija menor de edad".



Los hechos ocurrieron el 9 de Septiembre de 2006, previo a un partido de fútbol de la Primera B Nacional entre Defensa y Justicia y Ferro Carril Oeste.



"La trifulca se generó cuando la parcialidad visitante (entre la que se encontraba Seisdedos) fue reprimida para que ingrese rápido al estadio, se sucedieron una serie de empujones y gritos, avanzaron hasta dentro de las instalaciones cuando tuvo lugar una lluvia de elementos contundentes (piedras y botellas) que alcanzaron el rostro del accionante", sostiene la resolución.



El fallo descartó que la herida que sufrió Seisdedos (traumatismo grave de ojo izquierdo con estallido ocular, dolencia calificada como gravísima y que evolucionó con amaurosis de ojo izquierdo, ceguera) hubiera sido



producida por una bala de goma disparada por la policía.



"El argumento en torno a la responsabilidad que le cupo al personal policial por disparar balas de goma carece de sustento ya que no surge de ninguna prueba, y resulta plausible la deducción que practica la actora al sostener que, en caso de haber sido así, se la habría citado como tercero, lo que no acontece en autos", sostuvo el tribunal.



Además, los camaristas tomaron en cuenta un informe del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, que subrayó que "efectivamente se produjeron incidentes de violencia, y el actor no fue sindicado como autor de daños, ni mucho menos fue detenido por la autoridad policial".



El resarcimiento económico fue cuantificado en unos 280 mil pesos más intereses a contar desde la fecha del hecho.



"Los sucesos no pueden reputarse 'imprevisibles' ya que como es de público conocimiento, los hechos de violencia en los estadios de fútbol es, lamentablemente y desde hace largo tiempo ya, un hecho habitual o frecuente", sostiene el fallo.



"Las crónicas periodísticas tanto de las secciones policial como deportiva, resultan abundantes y coincidentes en destacar el peligro que conlleva la asistencia a los estadios de fútbol donde con reiterada frecuencia acontecen hechos vandálicos, tanto dentro de los estadios, en el ingreso y egreso de los mismos, como en las inmediaciones", agregaron los magistrados.

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