domingo, 23 de octubre de 2011

VEDA ELECTORAL

La veda alcanza a todo tipo de declaración de propaganda política de candidatos, funcionarios o comunicadores sociales, como la difusión de encuestas y sondeos preelectorales.
El Código Electoral Nacional también prohíbe todo tipo de espectáculo masivo durante el domingo, así como la venta de bebidas alcohólicas desde la cero hora del día de la elección hasta que se cumplan tres horas de finalizado el comicio.
Los ciudadanos que no respeten la veda podrán ser denunciados por violación al Código Electoral y sancionados, si la Justicia comprueba la falta.
El Código prohíbe además "la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizadas".

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