miércoles, 21 de julio de 2010

Las empresas telefónicas deben realizar inversiones

Sr. Intendente:
Tenemos el agrado de dirigirnos a usted a los efectos de rechazar el anuncio de la Federación Argentina de Municipios, a espaldas de los vecinos autoconvocados interbarriales de Quilmes. No sirven los monitoreos sín tecnología y sin la aplicación del Principio Precautorio.


La reglamentación Argentina sobre los valores límite de potencia de las radiaciones electromagnéticas, no contempla el Principio Precautorio (principalmente Resolución 202/95 del Ministerio de Salud de la Nación en la cual se fijan los parámetros para los límites y niveles de potencia. Donde por ejemplo se especifica que una persona no puede estar más de 6 minutos frente a una Torre/Antena, pues vera afectada su salud por el efecto térmico, o de corto plazo de las radiaciones).

Sin embargo, los efectos de largo plazo que no se conocerán hasta que finalicen los estudios epidemiológicos correspondientes (no se sabe fehacientemente que hagan daño ni tampoco que no hagan daño), no son contemplados por nuestra legislación, si bien hay indicios de su potencial peligrosidad.(dichos estudios terminaron y no se dieron a conocer por la OMS, que recibe subsidio financiero de las Telefónicas) Esta cuestión es especialmente grave ante los posibles efectos devastadores en adolescentes, niños y ancianos, dada la inmadurez y falta de defensas de los tejidos cerebrales y la gran penetración de las ondas en los tejidos.

Por lo tanto es probable que, al implementar el sistema de monitoreo previsto, las mediciones "den bien".

En la Capital(CABA) se realizó un estudio de radiaciones de gran escala (hecho por Citefa) donde muestran que todo el territorio está dentro de las normas. Ahora bien, si en Argentina usáramos los niveles de potencia que toman en Italia/Rusia por ejemplo, basados en el Principio Precautorio, en el 30% del área, los valores de precaución para el largo plazo, eran excedidos , en cambio las condiciones térmicas a corto plazo que contempla nuestra reglamentación eran cumplidas. Corregir esta situación implicaría un potencial perjuicio económico a las Empresas de Telefonía Celular que deberán rediseñar sus redes en gran parte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Gran Buenos Aires. Se comprende entonces su interés en distorsionar la cuestión del posible efecto Nocivo de las Radiaciones. Por lo tanto, las Organizaciones Vecinalistas Sugerimos :

- Dejemos que instalen los medidores/monitoreos

- Fijemos nosotros un límite precautorio (para esto se podria convocar a científicos, estudiar las reglamentaciones de otros países, etc.)

- Denunciemos cuando se exceda ese límite y no lo que dice la norma Argentina Mientras tanto, tendríamos que impulsar algún tipo de proyecto de ley para que de una vez por todas, la legislación y/o reglamentación Nacional, Provincial y Municipal tenga en cuenta los posibles efectos nocivos de largo plazo de las radiaciones y por lo tanto se contemplen el Principio Precautorio.

Destacamos los Vecinos Autoconvocados Interbarriales del Gran Buenos Aires, que el Pueblo Argentino no come vidrio y sabemos de los intereses que se manejan en los nego

cios internacionales de la Telefonía Celular y como los de la Televisión Digital .

Respecto al primero sugerimos por idea de profesionales estudiosos en el tema y no como la Comision Nacional de Comunicaciones que dice y desde hace tiempo aprueba que todo esta bién, es la instalacion de Trans-receptores de baja potencia uno por cuadra dentro de la zona

residencial de la ciudad sín antena, reemplazando las Torres/Antenas, por una líneas con pérdida a lo largo de la cu adra y mantener Torres/Antenas comunitarias - Transreceptores- fuera de la zona residencial y deberan ser instaladas a no menos de 2000 metros de las zonas residenciales para cubrir las zonas periféricas ( Ing Hugo Mata Director de Dpto Electronica de la (U T N ) y Tecnics en Televisión Digital y Fibras Opticas.

Con esta Implementacion sugerida por profesionales y que se aplican en otros Países, realmente las Empresas en su nueva "Inversión " tendrán un aumento en sus costos, pero

Tendrán como beneficio ahorrarse el pago de la coima o canon que hacen las Telefonicas pa ra instalar Torres/Antenas en predios y terrazas de edificios fuera de las distancias internacionales y precautorias, recordando que la Resolución 202/95 del Minist.de Salud de la Nación dice que una persona no puede permanecer mas allá de seis(6) minutos, pués vera afectada su salud por la radiación no ionizante, independiente de los efectos biológicos



ANDREA AGUAGLIARELO
VECINOS AUTOCONVOCDOS INTERBARRAILES DE LA PROV DE BS.AS

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